Refrigeración y alimentación: porqué España es diferente
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Compartimos el artículo publicado por la Revista Aral sobre las nuevas normas para reducir el uso de gases fluorados que afectarán a la totalidad de la cadena agroalimentaria y, especialmente, a la distribución alimentaria. Se puede ver la versión original AQUÍ
En España existen unos 24.000 puntos de venta de alimentación y bienes de primera necesidad que, en su inmensa mayoría -alrededor del 95%- utilizan algún tipo de refrigeración comercial y/o clima -aire acondicionado- para mantener los alimentos a temperatura adecuada y para climatizar las tiendas. Además, las plataformas logísticas y el transporte de alimentos utilizan refrigeración para mantener la cadena del frío, la seguridad alimentaria y la calidad de los productos. Por este motivo, para el sector son muy importantes las implicaciones de la revisión del Reglamento de Gases Fluorados –llamado FGAS- que se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y que tiene como principal objetivo la reducción progresiva, hasta su eliminación, de los gases fluorados de alto Potencial de Calentamiento Atmosférico (PCA).
El sector de la distribución está firmemente comprometido con el objetivo de la eliminación progresiva de los gases fluorados con un elevado PCA (≥ 2500). De hecho, los refrigerantes con un alto potencial de calentamiento global como el R-404A (GWP 3800) están siendo sustituidos por alternativas -como el R-407A (GWP 1900) o el R-134A (GWP 1300)- que se utilizan comúnmente en la refrigeración comercial. Por lo tanto, las empresas van a cumplir con los plazos marcados en la FGAS vigente.
Sin embargo, esta propuesta de Reglamento debería tener en cuenta que los tiempos marcados para las prohibiciones –el ya famoso artículo 13 y sus anexos- no son realistas en relación con el estado del arte de la tecnología aplicable a los equipos que se utilizan en los supermercados. Por ello, desde el sector de usuario finales pedimos que se analicen los nuevos plazos desde un punto de vista más realista: se debería establecer alertas tempranas en el calendario de aplicación -para el caso de que no se pudieran cumplir los objetivos- y/o prórrogas acompasadas con el desarrollo de la técnica. Es necesario tener en cuenta que, en los últimos años y como consecuencia de la regulación vigente, se han realizado fuertes inversiones para sustituir equipos e instalaciones en tiendas nuevas, con equipamientos que todavía no están amortizados desde un punto vista ni técnico ni económico.
Independientemente del alto coste que implican estas nuevas inversiones, preocupa que, en la actualidad, en climatización no existen alternativas viables para la variabilidad de tipología comercial y la climatología de España sin el uso de gas fluorado para salas de venta de más de 500 m2. Dicho de otro modo, las alternativas existentes están, todavía, poco maduras y son muy costosas, por lo que es muy arriesgado cumplir con el calendario que figura en el reglamento sin la seguridad de que los equipos sustitutivos van a funcionar correctamente.
Actualmente, en algunos supermercados grandes se utilizan sistemas que van a quedar prohibidos en 2027, como equipos fijos de aire acondicionado partido y bomba de calor con gases fluorados con PCA igual o superior a 750. Existen alternativas con refrigerantes de la gama A2L (ligeramente inflamables), pero que tienen grandes limitaciones en supermercados, debido a su uso en cantidades limitadas, a sus características de inflamabilidad o por su composición química. Aparte de los obstáculos de mantenimiento y peligrosidad, también hay un componente económico importante, ya que supone un enorme incremento de coste, debido a que no existen máquinas de climatización industriales del tipo que se usan en los supermercados que utilicen estos refrigerantes. En concreto, de media, el coste de instalación se incrementaría entre un 10 y un 20% para tener un número mayor de máquinas.
Por otra parte, en climatización también hay que tener en cuenta que en España existen supermercados situados en bajos de viviendas, que es una característica muy particular de la distribución española, que condiciona estos equipos por razones de seguridad y de respeto a las normas urbanísticas. En cambio, en otros países, sí se pueden utilizar otros sistemas de climatización con fluidos secundarios y unidades de tratamiento de aire si las tiendas son edificaciones individuales, pero esos sistemas tienen mayor consumo energético. Para las instalaciones de supermercados en España es suficiente con los sistemas que se utilizan hoy en día, con menor consumo energético, y permite hacerlo en edificios compartidos.
Por último, las necesidades de frío en un país de altas temperaturas medias -especialmente en verano- como España son también diferentes a las de otros países europeos. Una vez más, la necesidad de tener en cuenta las peculiaridades de cada mercado y de realizar estudios de impacto realistas antes de legislar; poner ante el espejo de la necesidad de mejorar la calidad normativa para no perder competitividad se hace patente en este debate. Desde ASEDAS, ante las diversas peculiaridades de España, de la cadena de valor del frío y de cada una de las compañías de retail, vemos necesaria una mesa de diálogo en que la administración analice y ejecute una hoja de ruta necesaria para que los objetivos se cumplan de la manera más justa, o no llegaremos a tiempo. La urgencia climática no puede permitir que nos equivoquemos como país.